este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, procede a dictar la decisión de conformidad con los artículos 177, 330 y 331 del Código Orgánico Procesal Penal, en presencia de las partes en los términos siguientes: PRIMERO: En cuanto a la Acusación presentada Fiscal Séptimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Extensión El Vigía, en contra del ciudadano CARLOS ALFREDO MOLINA PAREDES, ésta Juzgadora la ADMITE en su totalidad de conformidad con el artículo 330 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: En cuanto a las pruebas ofrecidas por la Representación Fiscal a los efectos del juicio oral y público, SE ADMITEN, por considerar que son legales, lícitas, pertinentes y necesarias, por cuanto se refieren al objeto de la investigación, siendo útile.....