DECISION
Del estudio y análisis de lo antes expuesto esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite la siguiente decisión
PRIMERO: Declara SIN LUGAR, el Recurso de Apelación, interpuesto por el ciudadano abogado Asdrúbal Gil Contreras, en contra de la decisión dictada en fecha 20 de Mayo de 2009, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida.
SEGUNDO: Ratifica en todas y cada una de sus partes, la decisión emitida por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, que decretó la nulidad absoluta del acto conclusivo y retrotrajo la causa al estado en que se realice el acto de imputación.
Cópiese, publíquese y regístrese. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
LOS JUECES DE LA CORTE DE APELACIONES
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