PRIMERO: Realizando un control formal y material del escrito acusatorio, percibe este Tribunal que dicha acusación identifica plenamente a las partes, presenta una relación de los hechos clara y precisa individualizando los hechos que se imputan, presenta los fundamentos de la imputación y elementos de convicción que la sustentan, expresa los preceptos jurídicos aplicables, ofrece los medios de prueba indicando su necesidad y pertinencia y por ultimo solicita el enjuiciamiento individualizando el delito que le atribuye al imputado, en conclusión, el Ministerio Público cumplió con los requisitos establecidos en el artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, de conformidad con el artículo 313, numeral segundo del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal ADMITE PARCIALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Decima Cuarta del Ministerio Público, en contra del ciudadano JUAN MEPOMUSENO TORO BARRIOS, ADMITIÉNDOSE LA CALIFICACIÓN POR EL DELITO DE ABUSO SEXUAL .....