UNICO: HOMOLOGO EL ACUERDO ENTRE LAS PARTES de conformidad con lo establecido en el artículo 566 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en el cual adolescente: LUIS DANIEL ZAMBRANO AVENDAÑO, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V- 31.696.713; el mismo se comprometió a cumplir la siguiente Obligación: PRIMERO.-Cumplir Labor Social POR EL LAPSO DE DOS (02) MESES, a razón de CINCO (05) HORAS SEMANALES, CUARENTA (40) HORAS EN TOTAL, VENCIENDO DICHO LAPSO EL 07-02-2022. Labor social que realizará el adolescente el adolescente: LUIS DANIEL ZAMBRANO AVENDAÑO, en esta sede Judicial, de lo cual se llevará un control de su cumplimiento o incumplimiento de la labor social impuesta, tiempo en el que no deberá volver a cometer ningún hecho punible, asimismo debe mantenerse inserto en el sistema educativo y/o Sistema Laboral, de lo cual deberá la trabajadora social vigilará su fiel cumplimiento. SEGUNDO: SE SUSPENDIO EL PROCESO A PRUEBA, POR EL LAPSO DE DOS (02) .....