Decisión: Con fuerza en la motivación precedente, este Juzgado de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 71 de la Ley de Transporte Terrestre, acuerda la entrega en calidad de depósito del vehículo marca Toyota, modelo Land Cruiser, año 1978, techo duro, serial de motor 2F332836, serial de carrocería FJ40916103, color blanco, placas KAE-64Y, uso particular, al ciudadano José Antonio Sosa.
Regístrese, publíquese, diarícese y notifíquese a las partes. Ofíciese al Administrador del Estacionamiento Sucre, ubicado en Lagunillas, a los fines de ejecutar la entrega del vehículo a su legítimo propietario. Desglósese los documentos insertos del folio 71 al 78 y entréguense mediante acta al peticiona.....