DECISIÓN
Este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, oídas como han sido las intervenciones de las partes y analizadas las presentes actuaciones, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se califica la aprehensión en flagrancia de los imputados DUGARTE SEMPRUM WOLFANG ALI Y SANCHEZ HENRIQUEZ JEAN CARLOS, por cuanto están llenos los requisitos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Este Tribunal comparte la calificación jurídica dada por el Ministerio Público de HURTO CON DESTREZA EN GRADO DE COOPERADOERES INMEDIATOS, previsto y sancionado en el artículo 452 N° 4, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio de: RIVAS AGUILAR JOSE FELIX.
TERCERO: Se decreta el procedimiento abreviado de conformidad con lo previsto en los artículos 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se .....