En mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE el recurso de hecho interpuesto ante esta Alzada el 18 de noviembre de 2024, por el abogado ARTURO BONOMIE MEDINA, parte demandante, contra el auto de fecha 06 de noviembre de 2024, mediante la cual el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, admitió el recurso ordinario de apelación en un solo efecto.
SEGUNDO: Como consecuencia del pronunciamiento anterior, se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes el mencionado auto de fecha 06 de noviembre de 2024, en el que el Juzgado de la causa admitió el recurso ordinario de apelación en un solo efecto.
TERCERO: Debido a.....