Por los argumentos antes expuestos, Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 03, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: acuerda La Nulidad Absoluta de los actos de fecha 01 de octubre de 2004 inserto a los folios 133 y 134 de la presente causa, así mismo la decisión de fecha 9 de noviembre de 2004, inserta a los folios 135 al 141 de las presentes actuaciones. Se prorroga la medida de SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO por el lapso de Un (01) año al acusado CARLOS ENRIQUE PAZ MARCANO, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 40 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº v-13.781.939, hijo de Cecilia Urdaneta (f) Rigoberto Paz (v) de profesión obrero, domiciliado en La Cañada de Urdaneta, calle Nº 03, casa s/n, cerca de La Molienda La Campechana, Maracaibo Estado Zulia, el cual debe cumplir con las siguientes condiciones: 1.- Residir en un lugar determinado, es decir, mantenerse en su .....