declara CON LUGAR la pretensión incoada por la ciudadana MARILIN ARBELAEZ CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, cedulada con el Nro. 13.021.355, domiciliada en el Municipio Alberto Adriani del estado Mérida, contra los ciudadanos NELSON ASDRUBAL RAMIREZ MOLINA y DENIS ALEXANDER RAMIREZ MOLINA, venezolanos, mayores de edad, cedulados con los Nros. 12.049.299 y 20.396.493 respectivamente, domiciliados en el Municipio Zea del Estado Mérida con el carácter de conductor el primero y propietario el segundo del vehículo con las características siguientes: Placa: A73CZ2M; Marca FIAT; Modelo: IVECO; Año 1986; COLOR: Blanco; Serial de carrocería: 0M150C10749; Tipo: Volteo, y la sociedad meracantil CORPORACION DE RIESGO LA OCCIDENTAL C.A., en su carácter de tercera garante de referido vehículo, por indemnización de daño material, ocasionado por accidente de tránsito.
Como consecuencia del anterior pronunciamiento este Tribunal, declara lo siguiente:
PRIMERO: Se condena a los codemandados NELSO.....