Se declaró CON LUGAR la apelación interpuesta el 3 de abril de 2007, por la abogada MAYIRA MARQUEZ VERGARA, en su carácter de coapoderada judicial de la parte actora, OMAIRA COROMOTO PICÓN HERNÁNDEZ, contra la sentencia interlocutoria de fecha 30 de julio de 2007, dictada por el TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en el juicio seguido por la apelante contra el ciudadano JOSÉ LUIS TORRES BELANDRIA, por reconocimiento de unión concubinaria. En consecuencia, se REVOCÓ en todas y cada una de sus partes la decisión apelada.