DECISIÓN
En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, MARÍTIMO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, actuando en sede constitucional, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por la ciudadana ANA CRELIA PAREDES DE SANTIAGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 6.572.704, de este domicilio y civilmente hábil, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio MARIAL SCARLET QUINTERO DE MORILLO, titular de la cédula de Identidad Nº V- 13.229.849, inscrita en el Inpreabogado Nº 77.775, domiciliada en Mérida y Jurídicamente Hábil, contra la sentencia dictada el 18 de enero de 2019, por el Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en el expediente Nº 0102. De confo.....