Luego de oídas y analizadas las exposiciones de las partes, que integran la presente causa, el ciudadano Juez procedió a realizar los siguientes pronunciamientos: Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CALIFICA COMO FLAGRANTE LA APREHENSIÓN, conforme a los artículos 234 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal del imputado: EDILIO LUZARDO, Venezolano, cedula de identidad N 9.393.330, edad 60 años, fecha de nacimiento 19-03-1964, natural de Caño Amarillo, estado Mérida, ocupación agricultor, grado de instrucción 2do año de educación secundaria, estado civil soltero, hijo de Agustina Luzardo (v) y de padre Ricaurte de Jesús Inciarte (v), residenciada en La Conquista, calle Pirncipal, casa S/N, de color verde y blanco, puertas, ventanas y rejas de color blan.....