Por todo lo antes expuesto, este Tribunal tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, extensión El Vigía, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Primero: DECLARA CON LUGAR la solicitud de entrega del vehículo efectuada y en consecuencia SE ORDENA hacer la entrega inmediata al ciudadano CHARLES ANTONIO GONZALES VIVAS , titular de la cedula de identidad N.º V-13.020.227, entrega plena del vehículo MOTOCICLETA, Placas: AG3JO3F. Marcas: KEEWAY. Modelo OWEN 150. Tipo: MOTOCICLETA, Uso: PARTICULAR, Color: ROJO, Serial N.1.V 8123CAK19RM305920, Serial Motor: KW162FMJ 23635706: año 2024. Dicha entrega se hace de manera plena, por no encontrarse sujeto a ninguna investigación penal, conforme a lo establecido en el artículo 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en armonía con lo establecido en el artículo 293 del Código Orgán.....