En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO, DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO. PRIMERO: ACUERDA: Se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se ordena el cierre y archivo del expediente y se ordena oficiar a la Coordinación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, sede El Vigía, a los fines de que el mismo sea remitido al archivo judicial general de la ciudad de el Vigía, auto que se realizará por auto separado. Publíquese, notifíquese, regístrese, déjese copia certificada por Secretaría. Conforme a lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil. Dada, firmada y sellada en la Sala de.....