por consiguiente este TRIBUNAL TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, de conformidad con lo previsto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO, en consecuencia, se le imparte el carácter de Sentencia pasada en Autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el juicio, se suspende la medida de Secuestro decretada, y se ordena el ARCHIVO el expediente, se acuerda agregar a los autos el cuaderno que se formó y la Boleta de Notificación librada.-
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ILDA MAR MORA DE MOLINA