DISPOSITIVA.
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Tribunal de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: Ratifica la medida de PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD del ciudadano DANIEL ALFONSO MOSQUERA DUGARTE, titular de la cedula de identidad N° V-19.146.473, identificado en autos, por estar llenos los requisitos del articulo 250, 251, 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, cometido en perjuicio de LUIS DANIEL QUINTERO, occiso, delito contemplado en el artículo 406.1 del Código Penal, medida esta que se cumplirá en el Centro Penitenciario de la Región Andina. SEGUNDO: Se ordena tramitar la causa por el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el articulo 373 del Código Orgánico Pro.....