Este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio Nº 01, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara;
PRIMERO: ABSUELVE al acusado LEONET ELEN PALOMO SALAS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-16.678.467, natural de Maracay, Estado Aragua, nacido en fecha 08-08-1.984, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación u oficio estudiante, hijo de Jorge Palomo (v) y de Ana Magaly Salas (v), residenciado en el Barrio Bolívar, Calle Principal, Casa Nº 2-24, al lado del local comercial Auto periquitos "Chicho" y diagonal a la Escuela Libertador Bolívar, El Vigía, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida, teléfono 0275-8813938; por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en relación con los artículos 9 y 10 de la Ley sobre Armas y Explosivos, en perjuicio de El Orden Público,.....