Por lo anteriormente expuesto, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en esta ciudad de Tovar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la conversión en divorcio de la separación de cuerpos, suscrita por los ciudadanos: JHONKLIN EDUARDO SERRANO VANEGAS Y JENNY PHER BERENICE ESPINOSA ZAVARCE, plenamente identificados. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que existía entre los prenombrados cónyuges, según el matrimonio Civil contraído por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Tovar, Municipio Tovar del Estado Mérida, en fecha 27 de Mayo de 2005, bajo el No 17, inserta en los libros respectivos llevados por dicha prefectura hoy Registro Civil, acta que corre y consta agregada en copia certificada al folio dos (02) y su vuelto de este expediente.- Así se decide.- .....