Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la aprehensión en flagrancia en contra del imputado LUIS ANSELMO PINILLA HERNANDEZ , venezolano, titular de la cedula de identidad número V- 13.310.070, de 38 años de edad, albañil , natural de El Vigía , estado Mérida, nacido en fecha 22-06-73, hijo de ANTONIO PINILLA (v) Y ARCELIA DE PINILLA( f) , residenciado en la Urbanización Páez, sector 2, calle 2, casa Nº 18, El Vigía, Parroquia Presidente Páez, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida, numero de teléfono 0275-8083253 por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA y AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 42 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre y de Violenc.....