Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la aprehensión en flagrancia en contra del imputado DIUSMA ALFONSO MANRRIQUE GEBRIS , venezolano, titular de la cedula de identidad número V- 18.208.646, de 31 años de edad, chofer, natural de Tovar, estado Mérida, nacido en fecha 29-07-80, hijo de ALBARO MANRRIQUE Y GLADIS GEBRIS , residenciado en Caño Seco II, calle 33, con calle 14, casa Nº 40, El Vigía, Parroquia Pulido Méndez, Municipio Alberto Adriani, numero de teléfono 0414-7533291por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre y de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YELITZA GUERRERO ÁNG.....