DECISION
Por las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la Inspección Judicial solicitada por los Ciudadanos RAMON DEL CARMEN MOLINA y OLIMPIA CONTRERAS DE MOLINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-3.293.331 y V-5.446.425, domiciliados en la Ciudad de Tovar, Estado Mérida. Se ordena devolver las actas originales a la parte interesada, previa certificación de las mismas.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN EL DESPACHO DEL TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, con sede en esta ciudad.- Tovar, Ocho (08) de.....