En mérito de los razonamientos que anteceden, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SEDE MÉRIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariano de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR Y RESIDENCIARSE FUERA DEL PAÍS, solicitada por la ciudadana XIOMARA CONTRERAS MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.350.445, Pasaporte N° 174216131, domiciliada en la calle Los Naranjos, casa N° 0-71, El Chama, parroquia Jacinto Plaza, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábil, con teléfono móvil N° 0424-7549455, correo electrónico: xiconmo79@gmail.com; a favor de su hijo el adolescente (se omite la identidad de conformidad con el art. 65 de la Ley Orgánica para la P.....