Este Tribunal, habiendo analizado con detenimiento el texto de las sentencias dictadas por los Juzgados Superiores Primero y Segundo en lo Civil y Mercantil del estado Mérida, así como también las solicitudes hechas ante este despacho por la demandante Carmen Aída Dávila y por el ciudadano Rafael Arcángel Contreras Escalona, relacionadas con la entrega del dinero que corresponde al ciudadano Luís Arrambide Nogueira, en virtud de embargo ejecutivo decretado y practicado a su favor, ordena le sea entregado al ciudadano Luís Arrambide Nogueira la suma de CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS ONCE BOLIVARES CON CUARENTA Y UN CENTIMOS (Bsf. 44.211,41), que se encuentran depositados en la cuenta corriente de este Tribunal.