Este tribunal vistos los alegatos expuestos, insta a los apoderados judiciales de las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 257 del Código de procedimiento Civil a una conciliación en procura de buscar un medio alternativo para solución del conflicto. Los apoderados judiciales visto el exhorto del Tribunal acuerdan poner fin al juicio con una transacción que involucra: 1) la demandada se compromete hacer entrega y hace entrega del local de autos, poniendo en manos del demandante la llave del mismo quien la recibe a satisfacción, dejando en claro que el local solo puede tener el degaste derivado del uso normal; 2) la demandada, se compromete a consignar en el presente expediente y dentro de los dos días de despacho siguiente al de hoy, la totalidad de los comprobantes que acredite la solvencia de los servicios públicos de agua y luz con los que cuente el inmueble hasta la fecha. Aquellos servicios cuya suspensión hubiere sido solicitada, deberá la demandada acreditar .....