ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA CON SEDE EN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY y haciendo uso de las amplias facultades legales que le confiere la Ley de acuerdo a lo establecido en el articulo 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, como directora del proceso y garante de los derechos y garantías del niño (OMITIR NOMBRE), de ocho (08) años de edad, y de conformidad con lo previsto en el artículo 466 Parágrafo Primero, literal d), de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Juzgadora DECRETA MEDIDA PROVISIONAL DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR a favor del niño OMITIR NOMBRE, de ocho (08) años de edad, el cual se ejecutará en el hogar del ciudadano EZEQUIEL MÁRQUEZ MÉNDEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-9.029.407,.....