Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , DECLARA: PRIMERO: no habiéndose verificado el cumplimiento de los trámites señalados en el artículo 185-A del Código Civil Vigente, SIN LUGAR la solicitud de Divorcio hecha por los Ciudadanos SOLICITANTES: FAUSTINO ANTONIO GIL y NORVEY DEL CARMEN MARQUINA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 6.251.017 y V- 11.465.825, en su orden, domiciliados el primero en el sector Aguas Calientes, calle principal frente a la Cruz de la Misión Casa sin número y la segunda en el Sector Bella Vista, Calle Lara, Casa Nº 161, Ejido, Estado Mérida.
Dado, firmado y sellado, en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y E.....