Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República, por mandato de la Constitución y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A, efectuada por los ciudadanos Margeli Josefina Tigrera Carruyo, quien se identifico con la cédula de identidad No. V-12.307.248, y Luis Alberto Rosales Simancas, quien se identifico con la cédula de identidad No. V-11.046.827 respectivamente. EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une, por virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha veintinueve (29) de mayo del año mil novecientos noventa y dos (1.992), en el despacho de la Prefectura Civil Parroquia Presidente Páez, de.....