Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República, por mandato de la Constitución y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, el Divorcio conforme al criterio jurisprudencial emitido por la Sala Constitucional en fecha 02 de junio el año 2015 expediente numero 12-1163, sentencia numero 693, solicitado por los ciudadanos OSCAR IDELMO GÓMEZ MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad Nro. 11.221.462 y LUZ MARINA LÓPEZ PÁEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 10.237.402.
EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos OSCAR IDELMO GÓMEZ MÁRQUEZ, venezolano,.....