´PRIMERO: Se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS, suscrito y presentado por los ciudadanos JING XUN XIE XIE y ISABEL NG JIANG, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-19.503.348 y V-24.146.996, en su orden, domiciliados en Calle Carabobo, casa Nº 11, sector Ejido, parroquia Matriz, Municipio Campo Elías el estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles; a favor de sus hijos, La niña JESSY BAOYI XIE NG, de seis (06) años de edad, F.N.:17/09/2018, pasaporte venezolano N° 187428246 y el niño STEVEN KANGJIE XIE NG, de cuatro (04) años de edad, F.N: 16/09/2020, pasaporte venezolano Nº 183214306; pasándolo en autoridad de cosa juzgada. ´