Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, EXTINGUE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, correspondiente al penado, JOSE RODOLFO PEÑA SANCHEZ, quien es de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, soltero, nacido en fecha 05-06-75, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-,13.803.275, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 105 del Código Penal y 479.1 del Código Orgánico Procesal Penal; constatándose que éste cumplió más de la totalidad de la pena que le fuera impuesta por la Corte de Apelaciones del Estado Mérida en decisión de fecha 28-07-2006.
Líbrese los correspondientes oficios a la División de Sanciones Penales del Ministerio del Interior y Justicia con copia certificada de la presente decisión, líbrese boleta de citación .....