este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE JUICIO N°- 02, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara con lugar la solicitud hecha por la fiscal del Ministerio Público de que se subsane el error cometido. SEGUNDO: Acuerda enviar la presente causa al Tribunal de Control N°- 05, de esta Circunscripción Judicial, extensión el Vigía, para que subsane el error cometido, consistente en cambiar la calificación jurídica de Homicidio Agravado en Grado de Frustración y porte Ilícito de Arma Blanca a Homicidio Simple y Porte Ilícito de Arma de Fuego, como se estableció en la Acusación Fiscal y una vez subsanado el error proceda a enviar la causa a este Tribunal. TERCERO: Se acuerda notificar a las partes y al acusado. CUARTO: Se fundamenta la presente decisión en los artículos 2, 26, 51 y 257 de la Constitu.....