DISPOSITIVA
Por las consideraciones que anteceden y una vez establecido que la presente solicitud se trata de una transacción judicial, es por lo que este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Homologa la transacción judicial celebrada por ciudadanos CANDELARIO DE JESÚS PÉREZ MORENO, parte actora, debidamente asistido por la abogada en ejercicio CARMEN MARÍA SÍVOLI y REINALDO RAMÓN SELVI ROJAS, parte demandada, debidamente asistido por el abogado en ejercicio DANIEL SÁNCHEZ MALDONADO, en fecha 04 de agosto del 2.006, en los términos establecidos en la diligencia que obra agregada a los folios 22 y 23 del expediente.
SEGUNDO: En consecuencia, se le imparte a dicha transacción el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, todo de conformidad con los artículos 255.....