RQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185 del Código Civil Vigente, y en concordancia con la Jurisprudencia con Carácter Vinculante proferida por el Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Constitucional, con ponencia de la Magistrada CARMEN ZULETA DE MERCHAN, en fecha 02-06-2015, Expediente Nº 12-1163. , la solicitud de Divorcio formulada y consecuencialmente Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los Ciudadanos YESSICA NATHALY MONCADA RAMIREZ y JULIO JOSÉ VELASQUÉZ MARQUÉZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V- 20.434.687 y 18.579.073, hábiles según consta en el acta de matrimonio Registro Civil de la Parroquia Lasso de La Vega, Municipio Libertador, Mérida estado Bolivariano de Mérida, según Acta de matrimonio N° 19 de fec.....