declara en el presente proceso la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en consecuencia extinguido el proceso de COBRO DE BOLIVARES VIA EJECUTIVA, intentada por el ciudadano: RAFAEL MARIA DUARTE ALBARRAN, mayor de edad, venezolano, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad Nro. 1.402.682, y domiciliado en Tucaní, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del Estado Bolivariano de Mérida, contra el ciudadano: LUIS ANTONIO SALAZAR AYALA, mayor de edad, venezolano, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad Nro. V-23.238.357, y también domiciliado en Tucaní, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del Estado Bolivariano de Mérida.
Así se decide.-
No hay condenatoria en costas conforme lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.