Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, Audiencia y Medidas Nº 01 con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara sin lugar la solicitud de nulidad planteada por la defensa del ciudadano JUAN MANUEL AVILA MARQUEZ,. SEGUNDO: Se admite la ACUSACION EN SU TOTALIDAD presentada por el Ministerio Público en contra del ciudadano JUAN MANUEL AVILA MARQUEZ, por la presunta comisión del ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE CON PENETRACIÓN, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 259, concatenado con el artículo 260 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de ADOLESCENTE DE IDENTIDAD OMITIDA (D.V.M.U.) TERCERO: Se ADMITE PARCIALMENTE LAS PRUEBAS OFRECIDAS EN EL ESCRITO ACUSATORIO Y LAS PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA DEFENSA. CUARTO::.....