declara INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional intentada por el ciudadano JOSÉ ANTONIO BUITRAGO BERMÚDEZ contra la sentencia proferida por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRÉS BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, de fecha 24 de septiembre de 2010, contentivo del mencionado juicio que sigue el recurrente por cumplimiento de contrato de arrendamiento contra la ciudadana ADA MARGARITA MERCADO