1.- ADMITE la acción de amparo constitucional interpuesta por YURAIMA MAYELIN MONTILLA MÁRQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V-16.199.062, contra la Sociedad Mercantil RESOMER C.A., en la Persona de la Ciudadana EVELYN THONON PFENNINGER, titular de la cédula de identidad número V.-6.201.134, en su condición de Presidenta de la mencionada sociedad mercantil, domiciliada en esta ciudad de Mérida Estado Mérida.
ORDENA:
1. Notificar al Fiscal del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida de conformidad a lo previsto en el artículo 15 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, haciéndole saber la apertura del presente procedimiento. Líbrese la boleta de notificación, anexándole copia fotostática certificada del escrito de amparo y del presente auto de admisión.
2. Notificar mediante oficio a la ciudadana EVELYN THONON PFENNINGER, en su condición de presidenta de la Sociedad Mercanti.....