En fuerza a las razones de hecho y derecho, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar el Recurso de Apelación formulado por el abogado Alvaro Sandia Briceño, con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la Sentencia proferida por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha tres (03) de agosto del año 2006, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: Se Confirma la decisión proferida por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha tres (03) de agosto del año 2006, en la que declara Con Lugar la demanda incoada por la ciudadana Erika Yaritza Sánchez Zarate en contra de la Firma Mercantil DASARROLLO RECRACIONALES 2000 C.A.
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