Por los razonamientos antes expuestos ESTE TRIBUNAL DE CONTROL N° 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY conforme a los articulo 330 y 331 del COPP, pasa a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: Se admite PARCIALMENTE LA ACUSACION presentada por la Fiscalía Sexta de Proceso del Ministerio Público, contra la acusada SANDRA MILENA CARRASCAL RUBIO. SEGUNDO: Se admiten los medios probatorios los cuales fueron promovidos conforme lo establecen los artículos 239, numeral 2° y 354 del Código Orgánico Procesal Penal. Por cuanto la acusada de autos, admitió los hechos objeto del proceso y solicitó al Tribunal la imposición inmediata de la pena, con pleno conocimiento de lo que implica el mencionado Procedimiento Especial; este Tribunal de conformidad con el artículo 330 numeral 6 del COPP, en concordancia con el artículo 376 eiusdem, el día de hoy sentencia conforme al procedimien.....