De conformidad con el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 27-11-2001, ponente Dr. Iván Rincón Urdaneta, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: DECLARAR EN REBELDÍA Y ORDENA LA UBICACIÓN del joven adulto: JOSÉ DANIEL GOYO AVENDAÑO, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 31.190.168, fecha de nacimiento 14-05-2002, de 19 años de edad, de estado civil soltero, hijo de Yoleida del Carmen Avendaño (V) y José Ludislada Goyo (V), a quien se le sigue el proceso por la comisión del delito HURTO CALIFICADO, previsto en el artículo 453 numeral 4 del Código Penal vigente y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Ad.....