.DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho ya analizadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Estado Mérida, en funciones de Juicio N° 03, actuando como Unipersonal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: APRUEBA EL ACUERDO REPARATORIO A PLAZOS, celebrado entre la acusada, MARIA GABRIELA NIÑO, ut supra identificada y la víctima, ciudadano JOSE ANGEL ROJAS, en los términos planteados en la audiencia, y como consecuencia de ello, y de conformidad con lo establecido en el artículo 41 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda SUSPENDER EL PROCESO en la presente causa, para reanudarse nuevamente en fecha Seis (6) de Marzo de Dos Mil Seis, a las nueve horas de la mañana (9:00 a.m), para lo cual quedaron todas las partes a derecho en la audiencia. Cúmplase, Publíquese, Regístrese, y agréguese la presente decisión en original a las actuaciones. En Mérida, a los seis (6.....