ESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: 1.- Declara con lugar la aprehensión en flagrancia del imputado JERSON JEREZ ORTEGA, de 25 años de edad, extranjero, titular de la cedula de identidad Nº 16.960.039, nacido en fecha 29-09-1984, natural de San Cristóbal estado Táchira, soltero, profesión Técnico de Diseel y en los actuales momento no trabaja, residenciado en el barrio las Flores, parte baja calle principal S/Nº Municipio Alberto Adriani del estado Mérida, hijo de José de Jesús jerez y de Maria Trinidad Ortega Carrillo. 2- Precalifica el hecho en el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en concordancia con el artículo 9 de la Ley sobre Armas y Explosivos; 3.- Impone al imputado de autos, las medida de coerción personal menos graves de: Presentación de dos fiadores d.....