En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCION, hecha en el expediente Civil Nº 5.421, dándosele el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada, todo de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, a tales efectos se levanta medida de Embargo Ejecutivo decretada por este Tribunal en fecha 20 de enero de 2005.