CAPITULO IV
DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio JUSTO BRICEÑO TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de divorcio por desafecto presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos MARGARETH RODRIGUEZ ARRIETA y JUAN CARLOS CANTILLO URIANA, la primera venezolana y el segundo colombiano, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº. V-19.383.523 y N° E-84.095.865, respectivamente, en fecha Veintiuno (21) de Noviembre del año Dos Mil Once (2011).
SEGUNDO: Que los ciudadanos: MARGARETH RODRIGUEZ ARRIETA y JUAN CARLOS CANTILLO URIANA, durante la unión conyugal no .....