Vista la transacción de las partes, este Tribunal HOMOLOGA la misma impartiéndole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, así mismo ordena expedir copia certificada del escrito de transacción y del presente auto de conformidad con el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, debiéndose insertar al pie de las mismas el contenido del presente auto.