Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , DECLARA: PRIMERO: de conformidad con el contenido del artículo 185-A del Código Civil Vigente, CON LUGAR la solicitud de Divorcio hecha por los Ciudadanos NORVEY DEL CARMEN MARQUINA MÁRQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 11.465.825, domiciliada en el sector Bella Vista final de la calle Lara, casa Nº 161, Ejido, Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida y FAUSTINO ANTONIO GIL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 6.251.017, domiciliado en la avenida Centenario, calle Mansión de Cristo, casa Nº 07, Ejido Parroquia Montalbán del Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, y consecuenci.....