este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 256 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA la presente TRANSACCION, dando por consumado el acto, procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. ASÍ SE DECIDE. Se ordena la suspensión de la medida de embargo decretada; y se agregará el cuaderno al expediente principal. ASÍ SE DECIDE. Publíquese, Cópiese y Regístrese. Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario Y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida. En El Vigía, a los nueve (09) días del mes.....