En consecuencia este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY con fundamento a su libre convicción, basadas en las reglas de la lógica, máximos de experiencia y analizadas la exposicion del ciudadano fiscal asi como la manifestación de voluntad, tanto de la defensa, representada por la defensora pública Ureña Yadira y el imputado JUAN CARLOS FERNANDEZ GOMEZ, en el sentido de que se le aplique a éste, el procedimiento por Admisión de los Hechos, previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO:
Admite en todas y cada unas de sus partes la acusación presentada por el Ciudadano Fiscal del Ministerio Público, en contra del ciudadano FERNANDEZ GOMEZ JUAN CARLOS, venezolano, de 25 años de edad, nacido en fecha 14-06-79, soltero, .....