Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, actuando como Tribunal de Alzada, decide: 1) DECLARA SIN LUGAR la oferta real de pago realizada por el ciudadano Jehu Wladimir Morales Villamizar a favor del ciudadano San Hung Low Shoe. 2) DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte oferida ciudadano San Hung Low Shoe. 3) REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado de los Municipios Rivas Dávila y Padre Noguera de fecha 9 de febrero de 2005.