Por los razonamientos expresados, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la prescripción de la Pena a favor del ciudadano Jean Carlos Vivas Mora, identificado supra, de conformidad con lo previsto en el ordinal 1° del artículo 112 del Código Penal vigente.
Así se decide, cúmplase, notifíquese a las partes y remítanse las actuaciones al archivo judicial una vez firme lo decidido.
EL JUEZ DE EJECUCIÓN No 03
ABG. NELSON JOSÉ TORREALBA ÁNGEL
LA SECRETARIA
ABG.
Se libraron Boletas de Notificación Nos. _____________________________